!VAYA PERLA! FEDOMU avala privatización recogida basura Puerto Plata
>> 9 de julio de 2018
PUERTO
PLATA.- El asesor y el director del Departamento Legal de la Federación
Dominicana de Municipios (FEDOMU), Waldys Taveras y el doctor Nicolás
Soriano, recomendaron a la institución para la que laboran que dé el
visto bueno al Proceso de Contratación de una Empresa Privada para la
Recolección de los Desechos Sólidos, que impulsa el alcalde de Puerto
Plata, Walter Musa.
Taveras
hizo de público conocimiento al Concejo de Regidores durante la sesión
ordinaria realizada el pasado jueves que “nosotros fuimos designados
por el presidente de FEDOMU, ingeniero Rafael Hidalgo, a petición del
alcalde Walter Musa, que solicitó la asignación de técnicos, a fin de
que vieran lo relativo al Proceso de Contratación para la Recolección de
los Desechos Sólidos”.
En
ese sentido, el municipalita leyó integro al Concejo de Regidores local
el resultado final del informe que rindieron al presidente de
FEDOMU, alcalde Rafael Hidalgo, copia del cual también le fue remitido
al alcalde Musa, investigación realizada al tenor de lo que establecen
sobre la materia, la Constitución de la República y las leyes 176-07 del
Distrito Nacional y los Municipios y 340-06, sobre Contrataciones de
Obras y Servicios del Estado
Expresó
que el informe dice: “Muy respetuosamente le informamos que hemos
procedido al análisis solicitado, sobre la legalidad y pertinencia de la
prestación del servicio de recogida de residuos sólidos, bajo
contratación con empresa comercial y en ese sentido encontramos lo
siguiente: , la recolección y disposición final de residuos sólidos
constituye un servicio público municipal, en virtud del artículo 20 de
la ley 176-07, que dispone lo que son las competencias mínimas de los
municipios”.
Señaló
que la Constitución Dominicana trata lo relativo a los servicios
públicos y a la forma de su prestación, cuando en su artículo 147
dispone: “Los servicios públicos están destinados a satisfacer las
necesidades de interés colectivo. Se ha declarado por ley. En
consecuencia, el Estado garantiza el acceso a los servicios públicos de
calidad, directamente o por delegación, mediante concesión,
autorización, asociación en participación, transferencia de propiedad
accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con la
Constitución y las leyes”.
“En
ese sentido, la ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipio, en
sus artículos 210 y 211 define los servicios públicos municipales y
establece que las modalidad como estas se presentan son: los servicios
municipales se prestan a los municipios en el ámbito de su competencia
propia. Los ayuntamientos tendrán capacidad para contratar para la
adquisición de bienes y servicios”, indicó.
Explicó
que estas contrataciones municipales deben realizarse dentro del marco
de las disposiciones de la ley 340-06 de Compra y Contratación Pública. A
gregó que en virtud del análisis del gasto, en la cuenta de servicio de
recogida de residuos sólidos y de reparación de equipos, reporta la
ejecución presupuestaria del municipio de Puerto Plata, somos de opinión
que ese ayuntamiento se encuentra dentro de los ayuntamientos con una
alta población permanente y una población flotante, por su condición de
pueblo turístico, así como por su extensión territorial, lo más
recomendable para la eficiencia del servicio de recolección de residuos
sólidos es la contratación a un precio fijo de dicho servicio, lo que va
a contribuir a un mayor control del gasto y del desarrollo de la
ejecución presupuestaria”, expuso.
De
igual manera, el informe recomienda que la contratación se establezca
claramente el derecho del ayuntamiento a fiscalizar los equipos con los
que la empresa contratada va a prestar el servicio, el derecho de acceso
a las instalaciones y talleres de esa empresa, así como un programa de
rutas y frecuencia en las que los ciudadanos conozcan de manera clara
qué días y a qué horas pasarán los camiones recolectores”.
El
informe leído por Waldys Taveras lo firma, además de él, el encargado
del Departamento Legal de la Federación Dominicana de Municipios
(FEDOMU), Nicolás Soriano, quien también estuvo presente en la sesión
ordinaria durante la cual se hizo público el referido informe sobre la
legalidad del Proceso de Contratación de una Empresa Privada para
Recoger los Residuos Sólidos en el municipio de Puerto Plata.
Por Manuel Emilio Gilbert

0 comentarios:
Publicar un comentario