¿Cómo es eso? El impuesto al servicio digital que quiere cobrar RD
>> 4 de octubre de 2019
El gobierno dominicano quiere cobrar el ITBIS de 18 % o el Impuesto al Consumo Selectivo de 10 % a la venta de contenidos digitales de plataformas internacionales a partir del año 2020. El plan está incluido en el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado 2020 que fue entregado al Senado este martes.
Los agentes de retención del
tributo serían los intermediarios en el pago de dicho servicio para el
caso de las operaciones que físicamente no están asentadas en el país.
Con ello, el gobierno dominicano se une al grupo de países de la región
latinoamericana que intenta obtener recursos de un mercado difícil de
regular y en el que es todavía más difícil recaudar impuestos.
Expertos
en el tema de las telecomunicaciones señalaron a Diario Libre que es
positivo que se graven impuestos a los servicios digitales, pero que lo
importante —y lo que en última instancia determinará si hay efectos
perniciosos— es la forma en que se aplicará el cobro de ese tributo.
Se solicitó información al Ministerio de Hacienda sobre los detalles
de la nueva normativa para cobrar impuestos a los servicios digitales,
pero hasta el momento de esta publicación no se había recibido
respuesta.
¿Qué se considera un servicio digital?
En
el proyecto de la Ley de Presupuesto General del Estado 2020 no se
definen las plataformas de venta de contenidos digitales que podrían
quedar sujetas al tributo, si bien se refiere a las iniciativas de otros
países en el intento de aplicación de una tasa impositiva a algunas
como Netflix, Spotify, Airbnb y otras, así como a las compras directas
de bajo valor que hacen consumidores finales a proveedores no residentes
en el país.
Y aquí entra mucho más en juego: desde servicios de
almacenamiento de archivos en una nube en el ciberespacio, la compra de
programas de computación que se despachan por la vía digital, hasta
plataformas de servicio de taxis como Uber y Cabify, además de las
empresas digitales antes señaladas.
Pero el proyecto
presupuestario 2020 no define exactamente cómo se quiere resolver el
tema en República Dominicana al respecto, más allá de la aplicación del
impuesto.
En el texto legal las autoridades aceptan que es un desafío
recaudar ITBIS por esas operaciones, “cuestión que es impracticable con
las normas tradicionales”, además del problema de cobrar tributos a las
compras directas de bajo valor a proveedores no residentes, que
normalmente quedan exentas porque involucran montos pequeños.
Y
parte de la solución a esos retos pasa no solo por definir qué se querrá
cobrar, sino también quiénes serán los agentes de retención del
impuesto. El texto presupuestario indica que los intermediarios del
servicio serán los encargados de retener el tributo, pero el agente
entre la plataforma y el cliente final puede ser, en el caso de una
empresa de telecomunicaciones que incluye Netflix dentro de su paquete,
la proveedora del servicio. No obstante, también podría ser el banco al
que está afiliado el pago del servicio, en el caso de aquellos
suscriptores de televisión por streaming que tienen contrato directo con
la plataforma.
Las experiencias en otros países son contadas y
las formas de solucionar el desafío de recaudar en el mundo digital ha
sido diverso. En Argentina las plataformas de servicios de televisión
por internet, por ejemplo, deben registrarse como contribuyentes bajo la
figura de distribuidores de películas, una iniciativa que también se
discute en México. En la nación azteca se plantea que, si las
plataformas digitales evaden el registro fiscal, las proveedoras de
internet tendrán la obligación de bloquear los servicios que proveen.
Mientras
tanto, en Brasil las empresas digitales deben pagar un impuesto
destinado a financiar la producción nacional de contenido audiovisual,
pero no incluye a las proveedoras de televisión por internet, al menos
no por los momentos.
Entre tanto, en Canadá, Estados Unidos no
hay regulaciones impositivas, y en Europa llevan un par de años tratando
de definir un marco regulatorio común que permita tributar el mundo
digital y han empezado con la propuesta de crear un impuesto temporal
—todavía no aprobado— de 3 % para empezar.
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